Casos de feminicidio deben cumplir protocolos para evitar negligencia

by Liderazgo de Mujer

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Los casos de feminicidio y agresiones violentas en contra de las mujeres deben tramitarse de manera expedita, incluso sin cumplir varias formalidades procesales; esa posibilidad fue incorporada en la Ley 348 para evitar que casos como el de Wilma Flores concluyan de manera trágica, afirma la directora General de Prevención y Eliminación de todas las Formas de Violencia en Razón de Género y Generacional del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, Claudia Peña.

La autoridad aclaró, al respecto, que toda entidad del Estado tiene la obligación de respetar el principio de informalidad al momento de conocer una denuncia por hechos de violencia cometidos contra la mujer para preservar su integridad y su vida.

Las declaraciones de Peña se dan en el marco del feminicidio de Flores que se registró a plena luz del día en un supermercado de la ciudad de Santa Cruz y reveló indicios de una supuesta negligencia de parte de operadores y administradores de justicia.

“En este caso lo que se ve es una absoluta falta de seguimiento al caso de Wilma, la denuncia se había hecho dos semanas antes de que ocurriera el feminicidio (…), llegan a la estación policial, se sienta la denuncia de violencia intrafamiliar y nadie hace seguimiento a la denuncia”, lamentó Peña en declaraciones a la red Unitel.

Peña observó la inacción de parte de la Policía y del Ministerio Público en este caso, el mismo que sigue el patrón de muchos otros en los que las mujeres pierden la vida, a pesar de haber denunciado sus casos ante las autoridades que luchan contra la violencia hacia las mujeres.

Burocracia legal

“Se le pide a ella (Wilma) que presente un certificado médico, un certificado forense y un certificado psicológico, sin embargo, ella no presenta y no hay nadie que haga seguimiento, que vaya a su casa y le pregunte ´por qué no estaba presentado´, sólo se apresa al hombre durante ocho horas y se permite que regrese a la misma casa”, mencionó la autoridad.

Por ello, recordó que la Ley Integral Para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia (348) establece el principio de informalidad como un mecanismo que busca que las instancias actúen oportuna y diligentemente ante una denuncia relacionada a la violencia contra la mujer.

“La Ley 348 ya da un principio de informalidad, eso quiere decir que no se debe esperar ningún papel, ni ningún certificado, los fiscales pueden actuar ante la sola denuncia verbal de la víctima y eso está establecido en la ley desde el año 2013”, remarcó Peña al mencionar que en este tipo de casos se deben subsanar todo tipo de trámites burocráticos.

Al respecto, el artículo 4 numeral 11 de la Ley 348 establece el principio de informalidad al señalar que no será exigible el cumplimiento de requisitos formales o materiales que entorpezcan el proceso de restablecimiento de los derechos vulnerados y la sanción a los responsables, en todos los niveles de la administración pública, destinada a prevenir, atender, detectar, procesar y sancionar cualquier forma de violencia hacia las mujeres.

Negligencia

En el mismo caso, de acuerdo con la declaración de la hermana de la fallecida y según los registros, Wilma presentó una denuncia contra su feminicida, Marcelino Martínez, dos semanas antes que le quitara la vida. Sin embargo, nadie hizo nada para protegerla y las autoridades la tomaron como otro caso.

Por ese aparente hecho de negligencia, la presidenta de la Comisión Especial Mixta de Investigación Sobre la Retardación en la Atención y Resolución de Casos de Feminicidios y Violencia hacia las Mujeres, Estefanía Morales, dijo que solicitará la destitución del fiscal Gerardo Balderas, quien dejó en libertad al feminicida.

Asimismo, la directora de Género del Ministerio de Justicia, reclamó sobre este hecho y dijo que en su momento las autoridades tenían toda la posibilidad de dictar medidas de protección para salvaguardar la vida de esta mujer y de sus hijos. “Eso quiere decir que debería haber restringido el contacto con la víctima, pero las medidas de protección no fueron accionadas por ninguno de los funcionarios que conocieron el caso”.

En ese sentido Peña hizo un llamado a los funcionarios públicos, así como a los operadores y administradores de justicia que conocen casos de feminicidio o violencia contra la mujer, para que actúen en el marco de la ley y con el objetivo primordial de proteger la vida y los derechos de las mujeres.

“Es importante hacer un llamado a la sensibilización de todos los funcionarios y las funcionarias públicas ante los hechos de violencia. Cada denuncia de violencia es una denuncia importante, porque tenemos a una persona que ha sido destruida en su autoestima pero llega un momento en el que se siente tan amenazada que va y sienta la denuncia”, expresó.

Normativa

Al respecto, el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional tiene la facultad legal de hacer seguimiento a las actuaciones del Órgano Judicial y de la Fiscalía, por lo que a través de su representación departamental se encuentra pendiente de este caso y de más de 800 que a nivel nacional permanecen sin sentencia.

“Nosotros tenemos que asegurar el cumplimiento de la ley. Estamos en encuentros y actividades de coordinación con la Policía y la Fiscalía, y estamos haciendo constante seguimiento para asegurar que se haga justicia. La protección de la vida de la víctima debe ser una prioridad para todos”, insistió.

Peña calificó la problemática de la violencia contra la mujer como un “problema complejo y estructural y develó que del total de denuncias registradas a nivel nacional, 30% corresponden a casos de violencia contra la mujer, de ese universo, aproximadamente el 90% se queda en la fase preparatoria del proceso o en la etapa de investigación, y apenas el 1% logra llegar a una sentencia.

“Entonces no se trata solamente de reformar la Ley 348, se necesita una reforma integral de la Justicia, no puede ser que solamente el 1% de los casos llegue a sentencia. Estamos trabajando en eso”, manifestó y recordó que desde noviembre se trabaja en la reforma del sistema judicial, con énfasis en la modificación colectiva y participativa de la Ley 348.

Retardación

A nivel nacional se conocen 805 denuncias por mora procesal u otras situaciones en casos relacionados a feminicidio y violencia contra la mujer, ya sea por negligencia por parte de las fiscalías, las salas penales o los mismos tribunales de sentencia.

De acuerdo con las estadísticas en promedio al año se registran 100 casos de feminicidio en Bolivia. Un dato es que en 2020 de acuerdo con el Ministerio Público se registró 113 víctimas por este delito, de esos hechos, a inicio de 2021 únicamente 12 contaban con sentencia condenatoria, 10 con extinción por muerte del agresor, 65 se encontraban en etapa preparatoria y con detención preventiva, 20 en etapa preliminar, y seis fueron rechazados, según el Ministerio Público.

Mientras que, durante el primer trimestre de 2021, ya se reportan 33 casos de feminicidio, de los cuales únicamente ocho casos cuentan con sentencia, según el reporte de Sergio Fajardo, director de la Fiscalía Especializada en Delitos Contra la Vida y la Integridad Personal.

Hace un mes el ministro de Justicia y Transparencia Institucional Iván Lima puso en marcha la Comisión Nacional de Seguimiento para Casos de Feminicidio (CONASCFE), compuesta por abogados especializados en Derecho Penal y Derecho Constitucional, que al momento trabajan en con representación institucional en los nueve departamentos del país con el fin de hacer seguimiento a los casos de violencia a la mujer y los casos de feminicidio que no cuentan con celeridad en sus procesos.

Crédito de fotos: Archivo

 

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