Bolivia carece de servicios para interrumpir embarazos no deseados

by Liderazgo de Mujer

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La Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014, con relación a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) legaliza la interrupción bajo tres causales específicas: violación, riesgo de vida o salud para la mujer y malformaciones graves del embrión, refiere el trabajo elaborado por RedActiva.

Entre 2022 y 2024, un total de 4.384 personas entre niñas, adolescentes y mujeres jóvenes accedieron a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en Bolivia, según datos del Sistema Nacional de Información en Salud – Vigilancia Epidemiológica (SNIS-VE) del Ministerio de Salud.

A 11 años de la Ley, estos datos reflejan la creciente demanda de servicios de ILE como la necesidad urgente de fortalecer las políticas públicas para garantizar un acceso seguro, digno y libre de estigmas.

En Bolivia, el marco legal sobre la interrupción del embarazo se caracteriza por una coexistencia de normas que permiten el acceso bajo ciertas causales (delito de violación, incesto, estupro o cuando exista riesgo para la vida o la salud de la mujer), Sin embargo, a pesar de su legalidad se mantiene la criminalización general del aborto ocasionando confusión, desinformación y vulneración de los derechos de las mujeres.

Desde la Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014, Bolivia ha experimentado avances normativos significativos con relación a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE). Esta sentencia legalizó la interrupción bajo tres causales específicas: violación, riesgo de vida o salud para la mujer y malformaciones graves del embrión.

Asimismo, entre los años 2022 y 2024, el Sistema Nacional de Información en Salud – Vigilancia Epidemiológica (SNIS-VE) del Ministerio de Salud registró un total de 4.384 usuarias que accedieron a la ILE, incluyendo personas menores de edad.

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Situación actual de la ILE en Bolivia

A pesar de contar con un marco legal, en la práctica, el acceso a la ILE sigue enfrentando barreras, como el desconocimiento y ambigüedad de la ley; el temor a conflictos legales; la objeción de conciencia practicada como un tema institucional y no como derecho un individual; la falta de capacitación adecuada del personal sanitario sobre las protocolos o requisitos para que una gestante pueda acceder a la ILE; la insuficiente difusión de información sobre los derechos reproductivos; la estigmatización social, entre otros.

En el primer semestre de 2025, los datos oficiales revelan una situación alarmante: 44 niñas de entre 10 y 14 años accedieron a procedimientos de Interrupción Legal del Embarazo (ILE) entre enero y junio. Esta cifra pone en evidencia la vulnerabilidad extrema de esta población, así como la urgente necesidad de fortalecer las políticas de protección, atención integral y acceso efectivo a sus derechos reproductivos en el país.

Asimismo, se registraron 39 casos de ILE en adolescentes de 15 a 19 años, cifra que apenas supera al primer grupo de 10 años, lo que subraya la alta incidencia de embarazos en personas menores de edad y las consecuencias relacionadas con la violencia sexual y la falta de educación sexual integral.

Estos datos parciales sugieren que la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) debería constituirse en un tema central en la agenda de DDS y DDRR, Derechos de la Niñez, y Políticas de Género para implementar acciones concretas que garanticen su protección, apoyo y acceso a servicios de salud sexual y reproductiva dignos y seguros.

Normativa

La Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014 marcó un hito al eliminar la exigencia de autorización judicial para acceder a un aborto legal en Bolivia en casos específicos. No obstante, a once años de su promulgación, persisten vacíos normativos y barreras administrativas que limitan el acceso efectivo de mujeres y adolescentes a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), según explica el experto Martín Vidaurre.

La normativa boliviana permite la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) desde hace más de cinco décadas, 53 años, estableciendo causales como violencia sexual y riesgo para la salud o vida de la mujer. Sin embargo, antes de 2014, el acceso a este derecho era un proceso «altamente complejo y revictimizante», ya que requería la apertura de un proceso penal para demostrar la violación, además de la autorización judicial, incluso en el caso de personas menores de edad. «Se imaginan lo revictimizante que era», expresa el especialista, refiriéndose a cómo estas exigencias discriminaban y perpetúan la violencia sistemática contra las víctimas.

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La Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014 eliminó la necesidad de procesos penales y autorizaciones judiciales para acceder a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), priorizando el consentimiento libre e informado de la mujer o adolescente; reflejando así un cambio paradigmático en la protección de la autonomía reproductiva. «Hoy, el consentimiento de la adolescente y de la mujer prevalecen, no el de una tercera persona», destaca Martin Vidaurre.

Una barrera para el incumplimiento de la Ley es la objeción de conciencia, el reglamento del Ministerio de Salud la limita a lo individual, no colectivo ni institucional. Debe declararse por escrito al establecimiento, asegurando alternativas para no poner en riesgo vidas. «Los proveedores de salud son aliados estratégicos contra abortos inseguros», enfatizando derechos como confidencialidad, privacidad e información sin prejuicios, según Vidaurre.

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), las adolescentes enfrentan hasta cuatro veces más probabilidades de mortalidad materna en comparación con mujeres adultas. Este panorama evidencia la urgencia de cerrar vacíos jurídicos y administrativos, asegurando que la ILE sea un derecho real, no solo en papel.

Aunque el aborto es legal bajo ciertas causales (violación, riesgo para la vida o salud de la mujer), en la práctica muchas instituciones (salud, justicia, SLIM/DNA) no están actualizadas o no aplican correctamente la normativa. «Es un tema complejo, pero el punto crítico es la falta de conocimiento», lo que lleva a objeciones de conciencia mal aplicadas o dilaciones que empujan a abortos inseguros, señaló Vidaurre.

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Objeción de conciencia en Bolivia

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en el Artículo 18, establece que «toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o creencia, individual o colectivamente, tanto en público como en privado.»

Si bien, este tratado aprobado por la ONU en 1966 y ratificado por Bolivia en el año 1979, reconoce que el ejercicio de la libertad de conciencia es un derecho inalienable, el Comité de Derechos Humanos de la ONU también recomienda a los Estados establecer mecanismos para garantizar que ninguna persona sea vulnerada en el ejercicio del Derecho a la salud, los Derechos sexuales y Derechos reproductivos o procedimientos relacionados con la Interrupción Legal del Embarazo (ILE).

En Bolivia, el acceso a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) enfrenta además diversos obstáculos como lo social y psicológico. En una entrevista con la directora ejecutiva de Católicas por el Derecho a Decidir, Ana María Kudelka, se abordaron los efectos del estigma asociado a la ILE, la importancia del acompañamiento emocional y la urgente necesidad de implementar un plan de educación sexual integral.

Kudelka, realiza algunas precisiones importantes como el acompañamiento emocional y toma de decisiones que se presenta como un recurso fundamental para quienes acceden a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE). Kudelka destaca la necesidad de una consejería que escuche y promueva decisiones libres de prejuicios. La Organización Mundial de la Salud (OMS) resalta que la salud incluye el bienestar físico, mental y psicosocial, lo que subraya la importancia de un enfoque integral en el acompañamiento.

Desde esta perspectiva, resulta importante la implementación y cumplimiento estricto de protocolos claros y bien definidos en todas las instituciones de salud. Paralelamente, es indispensable generar espacios de capacitación continua para el personal de salud o promover campañas de educación sexual.

Estas acciones son fundamentales para transformar las cifras estadísticas en historias de empoderamiento, donde ninguna niña, adolescente o mujer se vea obligada a renunciar a sus derechos ni a sufrir las consecuencias de la negación de su autonomía y salud.

Texto, foto e inforgramas: Ruth Oblitas,Natividad Catari, Ruth Romero, Evelin Chuquimia, Karla Gálvez

Este reportaje fue realizado por la RedActiva por los derechos sexuales y derechos reproductivos.

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