Criterios van y criterios vienen en torno a un tema que ha causado una serie de expresiones como es el de la «reelección» presidencial. Pero el tono de las mismas han subido luego de conocido el Auto Constitucional Plurinacional 0083/2024-ECA, del 1 de noviembre pasado, decisión que con claridad sostiene que ninguna autoridad podrá ser reelecta de manera continua o discontinúa y habilitarse para un tercer mandato.
Como antecedentes mencionar que la resolución se basa en la sentencia constitucional 1010/23 que señala «el periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua». Para la cual solicitaron se precise los alcances de la misma.
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) se basó su decisión en la determinación que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en referencia a la Resolución Constitucional 0084/2017 de 28 de noviembre del mismo año, la misma que permitía la reelección indefinida de las autoridades electas de los Órganos del Estado.
En ese sentido, Liderazgo de Mujer no quiso quedarse al margen de este tema y para ello acudió al criterio de expertas abogadas y una activista defensora de los derechos humanos, para conocer sus análisis sobre este tema que realmente puso en el tapete una cuestión que ha tenido una serie de interpretaciones subjetivas y en muchos casos fuera de la propia Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia.
Una resolución constitucional se cumple
En criterio de la abogada y exsenadora del Estado, Patricia Gómez, la interpretación jurídica de un auto Constitucional «no puede ser abrogada o derogada», dijo al precisar que una decisión como la 0083/24 no surge de un procedimiento común o fallo cualquiera.
Al ser resultado de un tratamiento más complejo, dijo Gómez, solo una sentencia constitucional puede dejarse inactiva con otra sentencia constitucional .
«El TCP arrojó esta sentencia y ha creado jurisprudencia y tiene vigencia para todo el Estado Plurinacional», además de tener un carácter vinculante y deja claro el tema de la reelección, sostuvo,
«Quienes abrigan la esperanza de que está habilitado el señor Evo Morales, no abriguen esa esperanza», precisó al reflexionar que está claro que «la reelección no es ningún derecho humano, por lo tanto no hay violación a los derechos humanos y más claro lo explica El Tribunal Constitucional», sostuvo.
Evo está habilitado
La abogada y exviceminsitra de Justicia, Cecilia Urquieta, al respecto rechazó con énfasis la resolución constitucional 0083/24 y dijo que la misma no fue aprobada en Sala Plena, por lo que en su criterio se vulneró los procedimientos constitucionales.
«Están haciendo valer a una tercera persona que no era parte del proceso, van más allá de del sujeto del fallo y han vulnerado derechos constitucionales. Están modificando la Constitución (Política del Estado) y no lo pueden hacer con un auto constitucional», sostuvo.
Urquieta Insistió en su postura, al indicar una interpretación errónea de la Opinión Consultiva 028 emitida por la CIDH y donde no menciona, «en ninguna parte que está prohibida o limitada la elección discontínua».
Sostuvo que lo ocurrido es «gravísimo», porque los que emitieron dicha resolución «son unos mercenarios de la justicia y que tienen secuestrada a la Justicia. Es muy grave lo que sucede, no solo para el MAS sino para toda la ciudadanía».

El equilibrio de la Justicia.
Cumplimiento a la Constitución
Para la abogada y exconstituyente, Angélica Siles, lo que hizo el TCP «lo único que hizo fue dar cumplimiento a la Constitución Política del Estado, porque esa es su tarea. La Norma Suprema dice claramente que no puede haber reelección y eso es lo que aprobamos en la Asamblea Constituyente».
Dijo que anteriores constituciones permitía que uno pueda descansar para volver a presentarse, pero con la nueva norma ya no pueden eternizarse en el cargo, «Porque cuando quieren eternizarse se vuelve dictadura», por eso pusimos que haya una sola reelección. «Por eso creo que los magistrados están cumpliendo su trabajo».
«Creo que en este caso ha sido la presión de Arce (Catacora) para que se dé a conocer esta resolución (0083/24)», insistió Siles al mencionar que en el caso de Evo Morales hace todo lo posible para que lo habiliten como candidato a la Presidencia en las elecciones de 2025.
En su criterio para evitar que una persona se eternice en el poder se puso «el candado para evitar la reelección» y se permita que otras mentes con ideas nuevas roten «como lo hacen en los pueblos indígenas».
Daño a la sociedad
En tanto, para la activista en derechos humanos, Ana Santa Cruz, al margen de expresar su acuerdo sobre la resolución 0083/24 de la Sala Cuarta Especializada del Tribunal Constitucional, dijo que lo primero que se debe hacer es demandar un resarcimiento en contra las autoridades como Evo Morales y todos sus colaboradores, por los hechos ocurridos en 2019.
«Ahora el TCP sale con una resolución que cuando estaba (Evo) Morales dijeron que sí; ahora no, por eso deberían hacerles un juicio a esas autoridades que fallaron en 2017», dijo.
Señaló que la democracia es el acceso de los ciudadanos a postularse y debe haber renovación, no solo en la jerarquía política, sino en todos los niveles del aparato estatal. «Ahora es una rosca política que acceden a la tomas de decisiones».
«Por eso considero que debería haber una reestructuración en el ámbito electoral para que los ciudadanos, que son especialistas, accedan a espacios de decisión y contribuir con su conocimiento, y experiencia en favor del país, sin la necesidad de pertenecer a algún partido político», sostuvo.
Texto: Liderazgo de Mujer
Fotos: Liderazgo de Mujer, RRSS