Pronunciamiento: Cualquier intento de reformar la Ley 348 no debe ser regresiva

by Liderazgo de Mujer

Ley 348

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A través de un pronunciamiento el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, a nombre del Gobierno reitera su compromiso de protección a las víctimas de violencia de género y “no abrirá ninguna medida normativa en desmedro de niñas niños y adolescentes víctimas de violencia sexual”, señala al cuestionar responsabilidad a todas las autoridades en declaraciones que promueven la impunidad de aquellos hechos que ha implicado la muerte de madres, hermanas, hijas y abuelas.

La posición se da en medio de la polémica surgida en los medios de comunicación y redes sociales de poner en duda la legalidad de la Ley 348 (Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una vida Libre de Violencia) luego de las declaraciones del presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, al señalar que “la Ley 348 tiene ojos para ver a los hombres como enemigos. Es prácticamente una ley antihombres”.

Por lo que reafirman que la lucha contra la violencia, además de ser una prioridad nacional para el Estado, “es una cuestión de vida, dignidad y de derechos humanos”.

Ante ese panorama recuerdan que, “Bolivia ha registrado avances importantes en materia de derechos humanos de las mujeres, desde la suscripción de dos instrumentos internacionales como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Belém do Pará que responden al consenso internacional y regional entre Estados, aceptando que la violencia hacia la mujer es un problema público que amerita la adopción de medidas para prevenirla, erradicarla y sancionarla”.

Por lo que consideran que el planteamiento de revisión de una ley concebida como un avance para los derechos de las mujeres, “no debiera ser regresiva, pues su promulgación y vigencia responden a recomendaciones internacionales que convocaban al Estado a adoptar medidas en favor de las mujeres debido a la situación de desigualdad a la que estaban sometidas, pero, principalmente, a la situación de violencia en la que históricamente se encuentran las mujeres, niñas y adolescentes en el país”.

Argumenta el documento que, la Ley 348 responde a los altos índices de violencia cometida hacia las mujeres en el país. Según la Encuesta de Prevalencia de 2016, 75 de cada 100 mujeres mayores de 15 años alegaron ser víctimas de violencia por parte de su pareja o conviviente.

En ese sentido, se remiten a informes del Ministerio Público al reportar que entre las gestiones 2013 hasta marzo de 2024 se han registrado 1.189 víctimas de feminicidios y 358.478 víctimas de violencia familiar o doméstica; respecto a los delitos relacionados con violencia sexual, entre las gestiones 2013 a marzo de 2024 se han registrado 83.947 casos, haciendo un total de 443.614 denuncias por violencias de género.

De acuerdo con el último informe proporcionado por el fiscal general del Estado, Juan Lanchipa, hasta la echa son 26 feminicidios registrados por dependencias de la Fiscalía a nivel nacional, lo que calificó de preocupante.

feminicidio

Una de las 26 víctimas de la violencia de género en este 2024.

Por su parte, la Dirección Nacional de Régimen Penitenciario ha informado que a la fecha, 18.459 personas se encuentran privadas de libertad por ese tipo de delitos, es decir, que, del total de las denuncias citadas, solo el 4,16% han merecido, a través de una medida cautelar o una sentencia ejecutoriada, el presidio, para hombres (97,3%) y mujeres (2,67%); más grave aún, solo 8.473 (10%) personas que hubieran cometido delitos contra la libertad sexual de niñas niños y adolescentes se encuentran privadas de libertad, entre hombres (99,3%) y mujeres (0,67%), agrega.

“Esto denota que, pese a la insuficiente respuesta del sistema judicial, las víctimas encuentran en la Ley 348 el primer brazo del Estado que escucha sus pedidos de auxilio a fin de salir del ciclo de la violencia”, agrega.

Luego cuestionan la intención de pretender poner en duda la declaración de las víctimas de violencia sexual, quienes generalmente sufren estos hechos en privado, sin testigos y bajo diferentes formas de violencia y peor aún, pretender corroborar su veracidad a través de la incorporación de cámaras Gesell y peritos que corroboren la veracidad de su testimonio, atenta contra los derechos de las víctimas de violencia sexual, como establece en la actualidad el artículo 94 (Responsabilidad del Ministerio Público) de la mencionada norma.

“Mencionar estos datos estadísticos no es hacer demagogia como manifestaron autoridades del Legislativo, sino es graficar la realidad en la que se encuentran las mujeres ante el Estado, la sociedad y la justicia; por lo tanto, una reforma a la Ley 348 no pasa por reducir el patriarcado a una lucha de mujeres contra hombres, peor aún, cuando las reformas plantean retrocesos en los pequeños avances conseguidos, pretendiendo poner a las mujeres en la silla de los acusados”, cuestiona el pronunciamiento.

En cuanto a los cuestionamientos sobre la legalidad de la Ley 348, sostienen que la situación de injusticia que hoy alegan algunos varones “es la misma que han denunciado por años las mujeres contra jueces, fiscales y policías que aplican la ley de manera discrecional, en ese marco, el debate respecto a la Ley 348 debiera ser para avanzar y no para evadir la justicia buscando tener impunidad”.

Por ello surge cuestionan saber qué acciones de fiscalización ha promovido la Asamblea Legislativa para establecer la implementación de esta norma o qué acciones de fiscalización concretas ha realizado ante los casos por los cuales quieren fundar medidas regresivas para nuestra sociedad.

Texto: Liderazgo de Mujer, Min. de Justicia
Fotosd: Archivo

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