La condición jurídica de los titulares de Santagro es de ´Propietarios¨, no como poseedores y menos como avasalladores sostiene a través de un comunicado la Asociación de Productores de Oleaginosas y Trigo (ANAPO),
Esa definición legal se la mantendrá, dice la nota, existan vías legales para impugnar la resolución del INRA, que defino el derecho ´propietario como reserva fiscal.
Según el comunicado, el predio se encuentra “asediado por un grupo de avasalladores fue adquirido por los propietarios, mediante contrato de compraventa otorgado por el anterior dueño”. Dicho fundo fue reconocido en su existencia desde el año 1967 por el Presidente de la Central de Pueblos Nativos Guarayos (COPNAG), en virtud a que las autoridades naturales del Pueblo Indígena tienen la facultad de certificar dicho aspecto.
Luego señala que de acuerdo con el Plan de Uso de Suelo De Santa Cruz (norma de rango superior al decreto de creación de la Reserva Forestal de Guarayos), el predio Santagro no se ubica en zona de reserva forestal. Asegura que, en más de 25 años de ejecución del proceso de saneamiento de tierras, y a pesar de varias solicitudes escritas y verbales, el INRA no mostró a las entidades agropecuarias el mapa oficial de la Reserva Forestal Guarayos, lo que incrementa las interrogantes sobre el saneamiento en la zona.
En ese sentido la Anapo, aclara que “la Resolución final de saneamiento dispone que el INRA concluiría su competencia, como efecto de la interposición de un recurso contencioso administrativo planteado por los propietarios. Dicho recurso fue presentado ante el Tribunal Agroambiental en Sucre, cuya sala primera decidirá si el INRA actuó correctamente o si, por el contrario, vulneró normas; y en consecuencia proceda con la anulación de declaratoria de tierras fiscales”.
Luego recuerda a las autoridades pertinentes que, “mientras no se emita un fallo de fondo, las medidas precautorias concedidas por el Tribunal Agroambiental a pedido de los propietarios (entre ellas la prohibición de asentamientos humanos o desmontes) deben aplicarse sobre las áreas avasalladas y no sobre la superficie trabajada”.
En tal sentido, manifiesta su confianza en la imparcialidad e independencia de los magistrados del Tribunal Agroambiental y afirma que espera un fallo “estrictamente ajustado a derecho”. Finalmente, Anapo enfatiza que son las instituciones del Estado las encargadas de desalojar a los avasalladores, para cumplir la ley y la promesa del presidente Luis Arce, de no permitir avasallamientos en tierras productivas ni tráfico de tierras.
Texto: Anapo, Liderazgo de Mujer
Foto: Publiagro


